domingo, 8 de diciembre de 2019

Prevención de Riesgos Laborales: !Preparados, YA!

El riesgo laboral se define como la posibilidad de que un trabajador por cuenta ajena sufra un daño físico o psíquico en el desempeño de su actividad profesional. La Ley de Riesgos Laborales establece en su artículo 4.3 que se "considerarán como «daños derivados del trabajo» las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo".

Dentro de los daños derivados del trabajo encontramos:
  • Los Accidentes de Trabajo: Son aquellos hechos inesperados, aunque generalmente evitables, que producen una lesión al trabajador en el propio centro de trabajo o "in itinere", que pueden o no llevar a una baja médica del trabajador, y que se dividen en leves, graves o mortales según la seriedad de las lesiones. 
  • Fuente: Freepik creado por Snowing
  • La Enfermedad Profesional: En estos casos, la salud del trabajador se va deteriorando progresivamente debido al ejercicio de la actividad laboral. Aquí se englobarían todas las enfermedades producidas por agentes químicos, físicos, biológicos o carcinogénicos, así como, las derivadas por la inhalación de otras sustancias y las enfermedades cutáneas. Estas enfermedades son consideradas legalmente como accidentes de trabajo para proteger los derechos del trabajador. 
  • Otras Patologías: Estas son las que originan daños psíquicos tales como estrés, fatiga laboral, envejecimiento prematuro, depresión, acoso laboral y síndrome de estar quemado.
La labor del empresario es garantizar la salud, seguridad y bienestar de sus empleados a través de la integración de medidas preventivas y el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, sin coste alguno para los trabajadores. Por otra parte, los empleados deberán conocer y respetar las normas de prevención, utilizar correctamente las herramientas de trabajo y los equipos de seguridad proporcionados, informar de cualquier situación que pueda entrañar riesgo, velar por su salud y la de sus compañeros y cooperar con el empresario para exista un entorno laboral seguro.

Fuente: Freepik creado por JCOMP
En la actualidad, se están llevando a cabo diferentes iniciativas orientadas a obtener una mejor formación en la identificación de riesgos y medidas de seguridad. Un ejemplo de ello es el Juego de la Oca de la Prevención desarrollado este año por la Fundación Laboral de la Construcción con la financiación de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales. Este juego en línea pretende aumentar la seguridad en el sector de la construcción mediante una técnica conocida como ludificación o gamificación, que consiste en incorporar la dinámica de los juegos a la enseñanza para mejorar la retención de la materia de estudio.

Es importante recordar que la prevención de riesgos en el ámbito laboral no es sólo responsabilidad de una de las partes, sino que, tanto empresario como empleado, tienen que colaborar para asegurar que el desempeño de la actividad profesional se realiza de forma saludable y segura. 

Hora de revisar tus conocimientos, por favor, completa la siguiente actividad:

  • Relaciona el daño con su definición, pincha aquí

Fuentes: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el TrabajoBOE - Ley de Riesgos LaboralesFundación Laboral de la Construcción, Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, y Enciclopedia Jurídica 

sábado, 7 de diciembre de 2019

Entender tu nómina

Fuente: Stockvault - CCO
El salario es la retribución, económica o en especie, que recibe el empleado por su trabajo. La forma de pago más común es el dinero; sin embargo, hasta un máximo del 30% del salario puede ser abonado en especie, esto es, en forma de vivienda o vehículo proporcionados por la empresa, préstamos a interés menor otorgados al trabajador, la subvención de sus estudios o los de sus familiares, así como las primas de seguros o aportaciones realizadas por la empresa a planes de pensiones.

Ya sea en dinero o en especie, las retribuciones deben aparecer reflejadas en la nómina, que es el documento que actúa como justificante del pago. Curiosamente, el Instituto Aviva realizó en 2016 un estudio que afirmaba que el 35.6% de la ciudadanía no entendían los conceptos básicos incluidos en ella. A continuación, puedes ver un vídeo presentado por Marc Vidal en RTVE que te ayudará a entender rápidamente dos claves esenciales de tu nómina:



Finalmente, es importante distinguir los 4 bloques que conforman la nómina, que son: 
  • Encabezado: En el que se encuentran los detalles del trabajador y de la empresa, así como, el periodo de liquidación.
  • Devengos: Aquí se incluirán todas las percepciones salariales y no salariales que recibe el trabajador. Los devengos salariales están sujetas a cotización a la Seguridad Social e incluyen el salario base, los complementos salariales, las horas y gratificaciones extraordinarias y el salario en especie. Por otra parte, los devengos no salariales no están sujetos a cotización a la Seguridad Social, salvo que excedan un máximo, e incluyen las compensaciones y suplidos por los gastos ocasionados al trabajador por el desempeño de su actividad laboral, las prestaciones por traslados, suspensiones o despidos y los gastos pagados por la empresa por incapacidad temporal.
  • Deducciones: Son las retenciones obligatorias que se deben aportar de IRPF y a la Seguridad Social.
  • Líquido a Percibir: Es el salario neto, es decir, lo que se percibe una vez restado el total de las deducciones al total devengado.
Para obtener más información sobre los conceptos que componen la nómina, consulta la Guía Laboral realizada por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Hora de revisar tus conocimientos, por favor, completa las siguientes actividades:

  • Identifica los componentes de las percepciones salariales y los no salariales, pincha aquí
  • Ordena las palabras, pincha aquí

viernes, 6 de diciembre de 2019

¿Conoces todos tus derechos... y obligaciones?

Según el Estatuto de los Trabajadores (ET), las relaciones laborales son aquellas en las que los trabajadores voluntariamente prestan sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, a la que se denomina empleador o empresario. Asimismo, los derechos y deberes de los trabajadores están también regulados por el Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 4 y 5. Tanto unos como otros no pueden ser negados a ningún empleado ni éstos puede renunciar a ellos tampoco. Por lo tanto, es esencial conocer qué es lo que se puede exigir y lo que se debe aportar al trabajar por cuenta ajena.

Fuente: Freepik creado por Freepik
Los derechos básicos de los trabajadores recogidos en la Constitución y el ET incluyen el derecho al trabajo y a la libre elección de profesión, a la libre sindicación y a la fundación de sindicatos, a la huelga, a la negociación colectiva, a la adopción de medidas de conflicto entre trabajadores y empresarios, a reunión y a la participación en la empresa a través de sus representantes. El ET también recoge los derechos derivados de la relación laboral como el derecho a la ocupación efectiva, a la promoción y formación profesional, a no ser discriminado, a la integridad física y una adecuada política de seguridad e higiene, a la intimidad y el respeto a la dignidad, a la percepción puntual del salario y al ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo.

Los deberes de los trabajadores son cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo con diligencia y buena fe, observar las medidas de seguridad e higiene, seguir las órdenes e instrucciones del empresario que se encuentren dentro de la legalidad, no competir contra el empresario para el que trabaja y contribuir a la mejora de la productividad y otros deberes derivados del contrato.

Es esencial conocer los derechos y obligaciones derivados del trabajo para poder hacer frente las diversas situaciones que se producirán a lo largo de la vida laboral. 

Hora de revisar tus conocimientos, por favor, completa las siguientes actividades:

  • Completa el texto con los derechos básicos que faltan, pincha aquí
  • Completa el texto con los deberes que faltan, pincha aquí

Fuentes: El Estatuto de los Trabajadores y la Constitución Española

viernes, 29 de noviembre de 2019

La relación laboral: El Contrato

Una vez superado con éxito el proceso de selección se deberá formalizar la relación laboral a través del contrato de trabajo, éste es un acuerdo, verbal o escrito, que establece las condiciones de trabajo entre empleado y empresario. Podrán firmar un contrato las personas mayores de edad o "emancipadas", las mayores de 16 años con autorización de su representante legal, las menores de 16 años que actúen en espectáculos, siempre que no suponga un riesgo para su salud y con permiso de la Autoridad Laboral, y aquellas que, siendo extranjeras, puedan trabajar legalmente en el territorio nacional. Por parte de la empresa, el contrato podrá ser firmado por una persona física o jurídica, así como, por una comunidad de bienes.

Fuente: Freepik creado por JCOMP
Los elementos que deben conformar el contrato laboral son la identidad de ambas partes, la fecha de comienzo y fin de la relación laboral, así como, la distribución y duración de la jornada de trabajo, el lugar donde se desarrollará la actividad, la categoría o grupo profesional o descripción de las funciones a realizar, el salario, las vacaciones, preaviso para finalizar el contrato para ambas partes y el convenio colectivo que rige el acuerdo.

Para que el contrato sea válido deberá ser firmado por el trabajador; el empresario, por su parte, tendrá que entregarle una copia al empleado, otra copia básica a los representantes de los trabajadores para su firma y, finalmente, comunicar y entregar copias adicionales de ambas en la Oficina de Empleo en el plazo de 10 días hábiles desde la firma del contrato, independientemente de si éste se ha realizado por escrito o de palabra.

Fuente: Stockvault - CCO
El artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores establece que la duración del contrato puede ser indefinida o tener un carácter temporal. Existen 4 modalidades de contratos de trabajo: contrato indefinido, contrato temporal, contrato para la formación y el aprendizaje y el contrato en prácticas.

Cada tipo de contrato exigirá una serie de requisitos y disfrutará de diferentes bonificaciones orientadas a incentivar la contratación.

Hora de revisar tus conocimientos, por favor, completa las siguientes actividades:

  • Rellena las palabras que faltan, pincha aquí
  • Relaciona cada tipo  de contrato con su definición, pincha aquí

Fuentes: BOE, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y el Servicio de Empleo Público

martes, 26 de noviembre de 2019

Claves para elaborar un buen curriculum vitae

El curriculum vitae o currículo es tu carta de presentación para atraer a un posible empleador, tienes que cuidar los detalles y hacerlo atractivo para dar una buena primera impresión. A continuación, encontrarás las claves para la creación de un currículo efectivo que te ayudarán a incrementar tus posibilidades de ser invitado a una entrevista personal.

Los detalles personales que debes incluir en un currículo tradicional son tu nombre completo, email y teléfono. Con el auge de las redes sociales, también es recomendable incluir accesos a tus perfiles de páginas profesionales de búsqueda activa de empleo y a otras aplicaciones o blogs que puedan marcar la diferencia con respecto al resto de los candidatos. Si decides añadir una fotografía ten en cuenta que no vale sólo con que salgas bien sino que tiene que transmitir profesionalidad. 

En un intento de evitar la discriminación laboral, el 20 de julio de 2017 se firmó el "Proyecto para el diseño, implantación y valoración de un proyecto de curriculum vitae anónimo para la selección de personal". Esta iniciativa, impulsada por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad con la participación de 78 entidades, se centra en la creación de protocolos para la posterior implementación en España de un currículo anónimo en los procesos de selección. En este novedoso tipo de currículo, se excluyen todos los datos relacionados con la edad, sexo y residencia evitando así cualquier prejuicio que pueda perjudicar al candidato. 

Emplea el tiempo necesario para elaborar un currículo que sea original con el que puedas destacarte al resto de candidatos. En la página del Ministerio de Empleo y Seguridad Social encontrarás todos los recursos necesarios para la elaboración de tu currículo y tu carta de presentación, así como, consejos para preparar la entrevista personal y la normativa de empleo vigente. 

En el siguiente vídeo se detallan los diferentes tipos de currículo y los puntos principales a tener en cuenta a la hora de elaborarlo y redactarlo:



Otro factor importante es añadir una breve descripción de tu especialidad laboral justo debajo de tus datos personales que capte la atención del empleador. A veces, será necesario que adaptes tu currículo al puesto ofertado para aumentar tus probabilidades de éxito. 

Si tienes una amplia experiencia laboral, empieza detallándola pero se conciso y utiliza un lenguaje sencillo. Si tu currículo es muy extenso y con un vocabulario rebuscado es muy posible que no lo lean y sea descartado. Es recomendable que ocupe una página y no olvides incluir palabras claves que se adapten al perfil profesional que busca la empresa. Mi consejo es que leas detenidamente la descripción del puesto.

En el apartado de educación recuerda sólo incluir los estudios o cursos relevantes para la posición a la que vas a enviar tu candidatura. Por último, deberás añadir un detalle de tus habilidades, idiomas y conocimientos técnicos.

Asegúrate de revisar bien tu currículo antes de enviarlo, las faltas de ortografía y gramática son un error insalvable cuando presentas tu candidatura a una oferta de empleo.

Una vez hayas finalizado, deberás distribuir 
tu currículo a través de los diferentes canales de búsqueda de empleo disponibles en la actualidad.  

Hora de revisar tus conocimientos, por favor, completa las actividades que encontrarás a continuación:

  • Crucigrama para recordar las claves de un buen currículo. Pincha aquí
  • Relaciona los tipos de currículo con su definición. Pincha aquí

Fuentes: Ministerio de Empleo y Seguridad Social  y Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social